11 nov 2013

Adelante la Reforma Hacendaria: En 2014, nuevas disposiciones a atender

Después de que la Cámara de Diputados aprobó diferentes propuestas de la Reforma Hacendaria, ahora el turno fue para el Senado de la República; quien en la última semana de octubre  aprobó, con cambios, la minuta que reforma el Código Fiscal de la Federación (CFF), cuyo objetivo es establecer mecanismos accesibles de bajo costo, simplificar el pago de impuestos, captar a nuevos contribuyentes y asegurar la plena integración de éstos al ciclo tributario, detalló la Cámara alta en un comunicado.

El paquete hacendario ratifica los impuestos aprobados previamente por la Cámara de Diputados, destacándose los gravámenes al transporte foráneo de pasajeros, a las bebidas azucaradas, la goma de mascar, el alimento para mascotas, las ganancias en la Bolsa de Valores y los dividendos, así como la homologación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la frontera al 16%.

En contraste, el Senado modificó la aplicación del Impuesto Sobre la Renta (ISR) al 30% para ingresos anuales de 500,000 a 750,000 pesos, ya que los diputados la habían fijado en 31%, quedando con los siguientes rangos: quienes ganen hasta 750,000 pesos anuales pagarán una tasa de 30%; si el ingreso es de más de 750,000 a un millón de pesos, será de 32%; de un millón a tres millones, 34%, y más de tres millones, 35%.

De igual forma, para el próximo año queda abrogada la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).

Los senadores también aprobaron que las prestaciones laborales sean deducibles hasta en el 53% -más del 47% contemplado por los diputados- y elevaron de 5% a 8% el gravamen a los alimentos con alto contenido calórico, conocidos como comida chatarra.

Adicionalmente, en la “Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones al Código Fiscal de la Federación para 2014”, se proponen diversos cambios en materia de expedición de comprobantes fiscales.

Según la exposición de motivos, se plantea amparar todas las operaciones que realizan los contribuyentes mediante comprobantes fiscales digitales por Internet. Por ello:
  • También se utilizarían para las retenciones de contribuciones que se efectúen, y así estar en posibilidad de eliminar en breve la obligación de presentar declaraciones informativas de retenciones y de expedir constancias.
  • Se derogarían los artículos 29-B, 29-C y 29-D, por lo que no se podrán emitir, entre otros, comprobantes impresos con CBB ni comprobantes simplificados.
Ahora falta la revisión, nuevamente por parte de la Cámara de Diputados, su ratificación y en 20 días su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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