CAMBIO DE POLÍTICA DE SERVICIO AL CLIENTE

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CONTABILIDAD ELECTRÓNICA

CONOCE CONTABILIDAD ELECTRÓNICA CONTPAQ I

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28 nov 2012

Recuerda el SAT: sólo 5 semanas para migrar a la facturación electrónica obligatoria

Sólo 5 semanas para migrar a la facturación electrónica obligatoria.

El 31 de diciembre próximo termina la vigencia de los comprobantes fiscales impresos con el extinto esquema de impresores autorizados, recordó Pedro Canabal, vocero del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El organismo recordó que el 31 de diciembre próximo termina la vigencia de los comprobantes fiscales impresos con el extinto esquema de impresores autorizados.

En entrevista radiofónica con Ciro Gómez Leyva, Pedro Canabal dijo a los contribuyentes que todavía tienen un block de recibos, que estas son las últimas semanas de vigencia de facturas de papel, porque “vamos a la digital en código de barras o comprobante fiscal”.

Aclaró que los recibos de honorarios desaparecieron, por lo que ya no se dependerá de un tercero para ir a comprar el block. Advirtió también a las personas de tener cuidado de entregar la firma electrónica a un tercero.

Canabal explicó que esta situación no tiene nada que ver con quienes cobran un sueldo, sino solamente con aquellos que tienen una actividad profesional o empresarial independiente y que emiten recibos o facturas. Tampoco los pequeños contribuyentes, porque ellos emiten notas de venta.

“Esto es un tema cultural, en el cual todos vamos a tener que irnos adecuando y abandonar aquello del papelito habla. Esto ya no va a ser representativo del valor o propiedad de bienes nada más, hablamos de transacción profesionales… y si las de papel se pierden, las vas a poder recuperar de sitios remotos”, dijo.

Mencionó que no habrá prórroga e invitó a los contribuyentes a hacer la cita en el SAT para hacer el trámite de su firma electrónica avanzada (Fiel) o renovarla para facturar electrónicamente, para que no tengan ningún problema el 1 de enero de 2013.

También pidió denunciar a aquellos que no envíen la factura electrónica y reiteró que a quienes les paguen con medios electrónicos, no podrán evadir impuestos.

A octubre de 2012, alrededor de 690 mil contribuyentes han optado por el esquema de facturación electrónica y se han emitido más de 5 mil millones de facturas electrónicas.

10 oct 2012

ASISTE A NUESTRO SEMINARIO "CÓMO FACTURAR ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE"

ASISTE A NUESTRO SEMINARIO "CÓMO FACTURAR ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE"


ESTE MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DEL 2012, A LAS 16:00 - 18:30 HRS, AUDITORIO DE LA RECTORIA VIEJA, UABJO
(Av. Universidad S/N, Ex - Hacienda de 5 Señores, Oaxaca)



El pasado lunes 24 de septiembre, el SAT publicó en su página de Internet el anteproyecto de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012. La importancia de esta resolución es que algunos campos antes obligatorios que entraron en vigor a partir del 1 de julio, pasan a ser opcionales y en otros campos se hace más flexible su captura.  (Entérate de mas en nuestro seminario).


La vigencia de las facturas en papel de Impresor Autorizado concluye el 31 de diciembre de 2012. Si eres un contribuyente que está en ese situación debes elegir entre CFDI (Factura Electrónica) o CBB. La necesidad de información precisa, la creciente complejidad de las operaciones financieras, la cambiante dinámica de las normas contables e impositivas, el impacto de la globalización de los negocios y la introducción de software empresarial han convertido a la FACTURA ELECTRÓNICA una nueva generación clave de las empresas; recuerda  que  vigencia de tus Facturas impresas esta a punto de vencer y mas de 2 millones de contribuyentes están en esta situación.


La Factura Electrónica hace más fáciles los procesos de una empresa y proporciona ahorros sustanciales en los costos de operación: simplemente, los costos de impresión, almacenamiento y operación durante cinco años por cada factura en papel es de $160, en tanto de una factura electrónica es de $60.


 


31 ago 2012

FIEL, tecnología obligatoria para emitir facturas en 2013


Este año, 2012, concluye la vigencia de las facturas en papel de Impresor Autorizado. Recordemos que por ley, estas se imprimieron antes del 31 de diciembre de 2010 con 2 años de vida. Por tal motivo, la fecha límite para elegir los dos esquemas vigentes de facturación, CFDI o CBB, es el 31 de diciembre.

Lo mejor es decidir antes de esa fecha.Si la opción es Factura Electrónica (CFDI) o comprobantes impresos con Código de Barras Bidimensional (CBB), CONTPAQ i cuenta con la oferta de facturación más completa que te brinda certidumbre para emitir tus comprobantes fiscales.

Para ambos esquemas es necesaria la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), incluso esta tecnología será necesaria para todo tipo de trámites con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con este organismo, la FIEL es una tecnología obligatoria para poder emitir cualquier tipo de facturas a partir de 2013. Cualquier tipo de empresa o persona física necesitará de la FIEL para sus procesos económicos.

No obstante, este organismo hace un llamado a todos aquellos contribuyentes que aún están pendiente por acercarse a las oficinas de este organismo para poder tramitar su FIEL.

La FIEL  servirá para poder expedir facturas electrónicas o bien para las que incluyen el CBB.

Es muy importante que se consiga antes de que acabe el año la FIEL ya cuando se acerque el 31 de diciembre serán miles de personas las que tengan que obtenerla,  y habrá altas posibilidades de que no podamos obtenerla con la misma rapidez que si lo hacemos de manera adelantada.

Para conocer los requisitos de la firma electrónica está disponible esta información en el poral del SAT: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/tu_firma/60_11505.html

10 ago 2012

SEMINARIO ADMINISTRACIÓN DIGITAL EMPRESARIAL RUTA COSTA OAXACA

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DIA
MIÉRCOLES, 15 DE AGOSTO DE 2012
JUEVES, 16 DE AGOSTO DE 2012


HORA
4:00 A 7:30
4:00 A 7:30


RUTA
PINOTEPA
PUERTO ESCONDIDO


LUGAR
RESTAURANT LA PALAPA 
Domicilio: 2a Sur Y 5a Ote 109 Centro 71600
HOTEL & SUITES VILLASOL 
Domicilio: Calle Loma Bonita #2, Fraccionamiento Bacocho, Puerto Escondido, San Pedro Mixtepec Oaxaca, México , Cp 71980



DIA
VIERNES, 15 DE AGOSTO DE 2012
SÁBADO, 16 DE AGOSTO DE 2012


HORA
4:00 A 7:30
4:00 A 7:30


RUTA
POCHUTLA
HUATULCO


LUGAR
PALAPA
Domicilio:Calle Unión y Progreso  No. 16 col. la Pasadita (localizar la oficina del Sitio Pochutla, que esta como a 50 metros adelante de la Secretaria de Seguridad Publica, antes transito del edo. y 50 metros antes la oficina de Sagarpa)
Hotel Castillo Huatulco
Domicilio: Boulevard Santa Cruz # 303 Santa Cruz, 70987 Santa María Huatulco, Oaxaca



31 jul 2012

Representación impresa de la Factura Electrónica: ¿Cuál es su validez?

Uno de los temas que ha causado diferentes puntos de vista, está relacionado con la representación impresa de un CFD o un CFDI; si ésta es válida o no.

Para conocer más acerca de este tema, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en sus pregunats frecuentes responde lo siguiente:

1. ¿Cuál es el documento que los contribuyentes pueden utilizar para deducir o acreditar fiscalmente, conforme al nuevo esquema de facturación electrónica?
Los contribuyenets podrán realizar las deducciones o acreditamientos correspondientes, utilizando el archivo digital que contenga el comprobante fiscal digital (XML), o bien, su representación impresa, cuando esta cumpla con los requisitos establecidos por la autoridad fiscal mediante reglas de carácter general.

2. ¿Los gastos amparados con facturas electrónicas son deducibles?
Si, con las facturas electrónicas se pueden deducir los gastos efectuados, debiendo consultar su autenticidad en la página de Internet del SAT. Si el número de folio que ampara el comprobante fiscal digital fue autorizado al emisor y si el certificado que ampare el sello digital se encuentra registrado y no ha sido cancelado.

3. ¿Cómo se almacenan las facturas electrónicas?
Las personas que entreguen, envíen o reciban una factura electrónica en su formato electrónico (XML), deberán almacenar los mismos en medios magnéticos, ópticos de cualquier otro medio de almacenamiento informático (CD, VDT, DAT, Disco Duro, etc.), siempre que la tecnología del medio de almacenamiento sea vigente.

En estas preguntas frecuentes, el SAT menciona la validez de la representación impresa para poder deducir fiscalmente una representación impresa; no obstante, existe una pregunta relativa a la obligación de almacenamiento del XML en su formato electrónico.

El que sea deducible o no la representación impresa noe xime al particular de la obligación de almacenar el XML en su formato electrónico. Así que el punto central de esta documentación gira en torno a que existe una obligación clara de almacenar el XML en su formato digital y esto implica un reto para los nuevos procesos contables y administrativos. Más que un reto es una gran oportunidad de automatizar procesos en una forma más fácil, controlada y de manera automática.

Unidad de medida en la Factura Electrónica: ¿Cuál es la más correcta a anotar?

Para la emisión, entrega y representación impresa de los Comprobantes Fiscales Digitales, el SAT (Servicio de Administración Tributaria) ha establecido ciertos requisitos, entre ellos, la unidad de medida.Con respecto a este tema, el 7 de junio de 2012 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una Resolución Miscelánea en la que establece cuáles son las medidas válidas y en caso de los servicios el tratamiento que debe darse; dicha resolución, en su apartado I.2.7.1.5 indica:

Concepto de unidad de medida a utilizar en los comprobantes fiscales
I.2.7.1.5. Para los efectos del artículo 29-A, fracción V, primer párrafo del CFF, por unidad de medida debe entenderse a las unidades básicas del Sistema General de Unidades de Medida a que se refiere la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las señaladas en el Apéndice 7 del Anexo 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior y las demás aceptadas por la Secretaría de Economía.
En los casos de prestación de servicios o del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, se podrá asentar la expresión “No aplica”. CFF 29-A

Fuente: SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012. Documento electrónico publicado en http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/leyes/52_22111.html



En el documento que contiene los apéndices del Anexo 22 de las reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, en su apéndice 7 se establecen las siguientes Unidades de Medida:

Cabe mencionar que además de estas unidades de medida generales (reconocidas como base), también podrán utilizarse las Medidas del Sistema Internacional derivadas, mismas que se detalla en la norma NORMA Oficial Mexicana NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida.
Documento electrónico para consulta en línea disponible en: http://www2.ine.gob.mx/publicaciones/download/008scfi.pdf

Con base a los fundamentos anteriores, es importante revisar que tu software empresarial ya cumpla con este requesito.

Régimen Fiscal: ¿si aplica o no aplica?

En diciembre de 2011, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer los datos fiscales que deben incluir los comprobantes fiscales, impactando principalmente a quienes ya son usuarios de la Factura Electrónica (No olvidemos que este tema también aplica para las facturas impresas con Código de Barra Bidimensional [CBB]). 

Entre los datos nuevos y obligatorios, en el Código Fiscal de la Federación (CFF), Artículo 29-A, fracciones de la I al V, se señala que los contribuyentes deberán agregar en el comprobante, la clave del Registro Federal de Contribuyentes y el Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta. Y este tema se refuerzo en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), específicamente en la Regla I.2.7.1.3., en donde se menciona "Para los efectos del artículo 29-A, fracción I del CFF, los contribuyentes cumplirán con el requisito de señalar en los comprobantes fiscales el dato del régimen fiscal en el que tributan, cuando en dichos comprobantes indiquen el sector al que pertenecen".

En la Regla II.2.5.1.5., se hace la aclaración de "Cuando el contribuyente tribute en más de un régimen fiscal, señalará únicamente el régimen que corresponda a la operación que ampare dicho comprobante".

Para conocer el Régimen Fiscal, está la Regla II.2.5.1.5, que dice lo siguiente: "Para los efectos del Artículo 29-A, fracción 1, del Código Fiscal de la Federación (CFF), a fin de que los contribuyentes den cumplimiento al requisito de señalar el régimen fiscal en el que tributan conforme a la Ley del ISR, podrán consultar y obtener dicho dato conforme a lo siguiente:

1. Ingresar a la página web del SAT en la sección Mi Portal, para lo cual deberán contar con la clave CIECF.

2. Elegir del menú la opción de Servicios de Internet.

3. Seleccionar la opción denominada Guía de Obligaciones

Una vez hecho ese proceso, se desplegará la información sobre las obligaciones fiscales que se tienen registradas de acuerdo con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como el Régimen fiscal con el cual se encuentran inscritos; dato que deberá ir en el comprobante fiscal, incluyendo la Factura Electrónica.

Debe considerarse que cuando el contribuyente tribute en más de un Régimen fiscal, señalar únicamente el régimen que corresponda a la operación que ampara dicho comprobante de acuerdo con el Artículo 29-A del CFF.

Esto sólo para presentar el fundamento legal que debe ir para el Régimen Fiscal en la Factura Electrónica y CBB. ¿Pero hay algo adicional? Si, lo cual se detalla en seguida.

La leyenda de NO APLICA
La Segunda Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscla (RMF), incluyen modificaciones a diversas reglas relativas al sistema de comprobación fiscal que entró en vigor el 1 de julio, impactando principalmente a quienes ya utilizan la Factura Electrónica.

En ese sentido, los contribuyentes que optaron por seguir expidiendo sus comprobantes conforme a las disposiciones vigentes en 2011, aplicarán los cambios analizados en seguida a partir del 1 de julio, aun cuando el artículo Primero Transitorio de la Segunda Modificación a la RMISC 2012, la misma entra en vigor a partir del 8 de junio de 2012:

Régimen fiscal a señalar en la emisión de comprobantes fiscales (Regla I.2.7.1.3., reforma)
Todos los contribuyentes podrán optar por señalar la leyenda “No aplica” en el campo correspondiente al régimen fiscal. Con este cambio, el beneficio deja de ser de aplicación exclusiva para los contribuyentes del sector primario, arrendadores, mineros y pignorantes.

Método de pago para Factura Electrónica, dato a específicar de manera obligatoria

Los cambios fiscales que aplican desde este 1 de julio en los comprobantes fiscales, sobre todo la Factura Electrónica, incluyen como dato obligatorio el Método de pago. En el Código Fiscal de la Federación (CFF), Artículo 29-A, fracción VII, inciso c, se anota que se debe "señalar la forma en que se realizó el pago, ya sea en efectivo, transferencias electrónicas de fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos que autorice el Servicio de Administración Tributaria (SAT), indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente".

Esta disposición se refuerza en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), teniendo como principal fundamento la Regla I.2.7.1.12, la cual citamos de manera textual: "Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso c del CFF, cuando no sea posible identificar la forma en que se realizará el pago al momento de la expedición del comprobante y, en consecuencia, no se tenga el dato de los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o tarjeta de crédito, de débito, los contribuyentes podrán cumplir con dicho requisito señalando la expresión 'No identificado'".

Algunos de los retos que se presentan con este cambio son que:
  • La mayoría de las personas no cargamos con la información de nuestras cuentas bancarias, eso nos impediría otorgar dicha información al momento de que se expida la factura.
  • La información de cuentas bancarias y tarjetas son datos confidenciales que a la mayoría no nos parece seguro divulgar.
  • Es posible que al momento de expedir la factura, aun no se tenga determinado el método de pago. Es decir, ¡emites la factura para que te paguen! En ese momento no sabes qué método utilizarán.
  • Hay la posibilidad de que el método de pago sea mixto, es decir, haya más de un medio de pago involucrado en la venta (por ejemplo, una parte del importe es cubierto con Tarjeta de Crédito y otro tanto con Cheque nominativo.

Afortunadamente la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, en su Regla I.2.7.1.12 nos permite indicar “No identificado” en el método de pago, para asentar que no ha sido identificado el método o que no se tiene la información suficiente como lo marca la Ley al momento de expedir el comprobante.

Finalmente, este dato además de funcionar para identificar cómo te pagará tu cliente y ontrolar tu flujo de efectivo.

En el software empresarial de CONTPAQ i con Facturación Electrónica (ADMINPAQ, CONTPAQ i FACTURA ELECTRÓNICA y CONTPAQ i PUNTO DE VENTA) ya se incluyen estos cambios y es permite marcar el método de pago y de esto modo cumplir con la disposición más reciente en Factura Electrónica.

¿Qué hacer con el Lugar de Expedición de la Factura Electrónica?

Continuamos dando una revisión a los cambios fiscales que aplican para la Factura Electrónica desde el 1 de julio. De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, Articulo 29-A, Fracción del I al V, se hace mensión de los requisitos obligatorios que ahora deben incluir las facturas electrónicas tanto en su modalidad de CFD como CFDI.

El Lugar de Expedición es uno de estos dato y entiendo que en lugar de expedición, se refiere a la entidad, localidad, municipio y/o estado donde se emita la factura. 

Se agrega el Lugar de expedición como un dato simple para identificarlo sin llegar a ser el domicilio completo. Por ejemplo, en los comprobantes impresos se acostumbra utilizar la ciudad y estado de expedición; y tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales.

Recordemos que en la Factura Electrónica 2012, pareciera duplicado esta información con el campo Expedido en..., que aplica para sucursales. 

De acuerdo con lo que dice la norma: "Lugar de expedición indica “Atributo requerido para incorporar el lugar de expedición del comprobante”, mientras que Expedido en menciona “Nodo opcional para precisar la información de ubicación del domicilio fiscal donde es emitido el comprobante fiscal, en caso de que sea distinto al domicilio fiscal del contribuyente emisor”. Al parecer, lugar de expedición viene de alguna manera a reemplazar el domicilio fiscal del emisor, recordando que éste último, es opcional en la Factura Electronica 2012.

9 jul 2012

PARCHE SOLUCIONES RAPIDAS PUNTO DE VENTA VERSION 3.1.1

PUNTO DE VENTA  COMUNÍCATE CON NOSOTROS PARA INSTALARTE EL PARCHE DE SOLUCIONES RÁPIDAS (REFORMAS FISCALES 2012)

Las novedades y mejoras de la versión  3.1.1 +  el parche soluciones rapidas, son:

1.- Reforma Fiscal: Se permite capturar en la caja los datos obligatorios definidos en la reforma fiscal 2012.

- Método de pago
- Condiciones de pago
- Numero de cuenta de pago

2.- Factura Electrónica - ERROR ACCES VIOLATION AT ADDRES 325508E0 EN EL MODULO CC3250MT.DLL AL TRATAR DE TIMBRAR FACTURAS DESPUES DE ACTUALIZARSE A LA VERSION 311  

3.- Configuración de empresa - ERROR NO SE ACTUALIZA EL CAMPO METODO DE PAGO POR OMISION AL INGRESAR AL CONCEPTO DE FACTURA ELECTRONICA DESPUÉS DE GUARDAR CAMBIOS EN DICHO CAMPO 


Agradecemos de antemano tus atenciones al presente y quedamos a tus órdenes para cualquier comentario o duda al respecto.

COMUNÍCATE CON NOSOTROS PARA INSTALARTE EL PARCHE DE SOLUCIONES RAPIDAS

ATT
Soporte Técnico Softpaq

Tel:  144-78-63 y 144-90-78

Liberación de CONTPAQ i® FACTURA ELECTRÓNICA versión 2.2.0



Hoy lunes  9 de julio se libera la versión 2.2.0 del sistema de Factura Electrónica. Comunícate con nosotros para hacerte la actualización  de la nueva versión.

Las novedades y mejoras de la versión puedes consultarlas en la carta técnica que está adjunta a este mensaje, de las que resaltamos lo siguiente:

- Reforma pago en parcialidades
- Registro de varios domicilios de envío
- Forma de pago en cargos electrónicos
- Unidad de medida por omisión como "No aplica" en el XML, cuando no se especifica una unidad
- Método de pago en el catálogo de clientes
- Personalización de correo electrónico

Puedes descargarlos también en el Buscador de Conocimientos.

Al actualizar una versión, es OBLIGATORIO cerrar el sistema, sobre todo si cuenta con una versión en Red. Programa el proceso de actualización y avisa oportunamente a los usuarios de las terminales antes de ejecutarlo.

Agradecemos de antemano tus atenciones al presente y quedamos a tus órdenes para cualquier comentario o duda al respecto.



ATT
Soporte Técnico Softpaq

Tel:  144-78-63 y 144-90-78


25 jun 2012

¿Cómo identificar una factura electrónica clonada?

Con el esquema de facturas en papel de Impresor Autorizado Anteriormente, falsificar una factura requería un mayor trabajo. En el DF, por ejemplo, la Plaza de Santo Domingo, ubicada en el Centro Histórico de esa ciudad, se requería llevar un comprobante fiscal original de la que se quería falsificar y sólo esperar un par de días para tener el documento final.

De acuerdo con algunos especialistas, esta acción podría facilitarse con el archivo PDF de los comprobantes fiscales digitales, toda vez que como representación impresa es suceptible de cambiar los datos de dicho comprobante.
Enfaticemos que el PDF de la Factura Electrónica es una representación impresa de la misma. Este documento únicamente sirve para visualizar la información del documento, pues el archivo que le da sustento y, en todo caso, el que finalmente tiene mayor valor para las autoridades fiscales es el XML y el cual debe archivarse por disposición oficial.

La recomendación es validar las facturas electrónicas que se reciben; incluso, si la empresa o contribuyente aún no adopta este esquema esta acción es de suma importancia a fin de evitar tener facturas no válidas ni deducibles.
Existen dos opciones para validar los documentos XML:
  1. El validador del SAT es una herramienta disponible para los contribuyentes muy útil para verificar que todas las facturas electrónicas que reciben son válidas. Sólo hay que considerar que para una empresa o contribuyente que tiene un alto volumen de emisión de facturas electrónicas, este servicio puede resultar corto. Esta herramienta es ideal para profesionistas independientes, personas físicas con operaciones empresariales o aquellos negocios que no emiten muchas facturas.
  2. Una segunda opción, es el validador que ya incluyen marcas de software empresarial. Tal es el caso de CONTPAQ i, que en su software empresarial para la emisión y recepción de facturas electrónicas (ADMINPAQ, CONTPAQ i FACTURA ELECTRÓNICA y CONTPAQ i PUNTO DE VENTA)  que cuentan conun Administrador de Almacén Digital que entre sus funciones se encuentra validar las facturas electrónicas que se reciben. Además de almacenar los XML de tus facturas electrónicas, ayuda a validar su autenticidad revisando su estructura, sello, cadena original, folio y serie, dando la certidumbre de que se cuenta con un comprobante original.
De esta forma y una vez validados tus documentos XML podrás comprobar que tu comprobante fiscal es completamente válido y original y así evitarás problemas fiscales en un futuro.

Dan a conocer modificaciones a Resolución Miscelánea 2012: cambios a la Factura Electrónica

Este 7 de junio se dieron a conocer los comentarios correspondientes a la segunda modificación a la Resolución Miscelánea 2012, relacionados con el tema de Factura Electrónica. Estos son algunos de los principales puntos que se consideran:
1. Régimen fiscal en CFD y CFDI versiones 2.2 y 3.2
Se permite que en lugar de poner el régimen fiscal del contribuyente emisor, se ponga la expresión “No Aplica”.


2. Unidades de medida


Se aclara que en los casos de prestación de servicios o del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, se podrá asentar la expresión “No aplica”.

3. Identificación de la forma de pago en los comprobantes fiscales


Cuando el pago se realice utilizando más de un medio, se expresará los medios y cuentas de pago separándolos por comas.

4. Pago en parcialidades


Se establece que para que sea considerado como parcialidad, debe existir una contraprestación previa y que se extinguirá con más de 1 pago.

5. Facilidad para operar en CFD y CFDI

Aplica para contribuyentes que estén en CFD y desean emitir en CFDI sin perder el beneficio de seguir en el esquema CFD.

Más adelante estaremos publicando más información sobre este tema.

21 jun 2012

Se acerca fecha para adoptar nuevas versiones de Factura Electrónica

Este próximo 1 de julio de 2012 termina la prórroga que otorgó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para sumarse a la emisión de las nuevas versiones de Factura Electrónica. A saber: para quienes emiten CFD deberán hacerlo en la versión 2.2; y para quienes emiten CFDI deben utilizar la versión 3.2.

Actualmente, existen dos esquemas de facturación electrónica admitidos y promovidos por el SAT:

1. CFD, esquema que tuvo como fecha límite de adopción el 31 de diciembre de 2010

2. CFDI, cuyo uso arrancó a partir del 1 de enero de 2011 y cuyo esquema es obligatorio para quienes facturan ingresos iguales o arriba de 4 millones de pesos al año y para quienes adopten la facturación electrónica.

No olvidemos que el CFDI implica un timbrado fiscal a través de los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC), empresas avaladas a través de una autorización del SAT.

Sea el esquema en que se encuentren los contribuyentes, a partir de las 12 de la noche del día elegido como fin de la prórroga será obligatorio utilizar las versiones de los comprobantes fiscales digitales.

Una de las recomendanciones para atender las actualizaciones del régimen fiscal, no sólo en materia de Factura Electrónica sino también que integre funcionalidades para los procesos contables, de flujo de efectivo, comerciales y administrativos, es utilizar un software empresarial.

Un aspecto a revisar en el software empresarial que se evalúa adquirir es que ayude a la emisión de las facturas electrónicas en sus nuevas versiones. De igual manera, que permita su validación pues durante este año, como contribuyentes, también recibiremos facturas electrónicas en dichas versiones.

Marcas de software como CONTPAQ i, por ejemplo, ya cuentan con la actualización de su software empresarial para emitir y validar los comprobantes fiscales digitales con las versiones vigentes que marca la autoridad.

Entre las ventajas que obtiene los empresarios y los contadores están:

1. La atención oportuna de una disposición que será norma obligatoria a partir del 1 de julio de este año

2. Cumplimiento de una disposición oficial

3. Simplificación de sus procesos de facturación

4. Si el software ayuda a validar, la certidumbre de que se están recibiendo facturas electrónicas que cumplen con los requisitos de la autoridad

5. Contabilización inmediata de las facturas emitidas

Ante la cercanía de la fecha de transición, es importante que quienes tienen o administran una pequeña o mediana empresa (PyME) tengan en cuenta que el uso de comprobantes fiscales digitales no se limita a la emisión de facturas, pues el SAT permite el uso de cargos, créditos, devoluciones, anticipos, cobros y otros movimientos.

Con esto, una MiPyME puede tener manejo casi 100% digital de sus transacciones.

SAT regula Pago en Parcialidades con la Factura Electrónica

Con la entrada en vigor de nuevas disposiciones para la Factura Electrónica en este 2012, se inicia la regulación de los pagos en parcialidades por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En el Código Fiscal de la Federación (CFF), específicamente en el Artículo 29 A, fracción VII, inciso b, se menciona que cuando las empresas establezcan o decidan el pago en parcialidades de un bien, se emitirá un comprobante fiscal (Factura Electrónica) por el valor total de la operación de que se trate.

En dicho comprobante se indicará expresamente tal situación y se expedirá un comprobante fiscal por cada parcialidad. Asimismo, debe señalarse el número y fecha del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación, el importe total de la operación, el monto de la parcialidad que ampara y el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente.

De manera más desglosada, en la Resolución Miscelánea Fiscal, Regla I.2.7.1.6, se destaca que para los efectos del Artículo 29-A, fracción VII, inciso b del CFF, “se tendrá por cumplido el requisito de señalar el número del comprobante fiscal, cuando se señale el folio fiscal asignado por el SAT para CFDI, del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación”.

Esto también aplica también para CBB y CFD con la serie y el folio.

Para cumplir con los requisitos de señalar el monto y número de parcialidad, estos datos también deberán consignarse en el campo de la descripción del bien, del servicio o del uso o goce.

20 jun 2012

Liberación de AdminPAQ versión 7.2.0

Con la finalidad de mantenerte al tanto acerca de las novedades y mejoras de nuestras versiones, te informamos la liberación de AdminPAQ versión 7.2.0

El instalador puedes descargarlo de nuestro portal www.contpaqi.com en el menú Quiero Servicio, submenú Actualiza tu Sistema.

Las novedades y mejoras de la versión puedes consultarlas en la carta técnica que está adjunta a este mensaje. También incluimos un documento donde se detalla el manejo de las Parcialidades a partir de esta versión.

Puedes descargarlos también en el Buscador de Conocimientos.

Al actualizar una versión, es OBLIGATORIO cerrar el sistema, sobre todo si cuenta con una versión en Red. Programa el proceso de actualización y avisa oportunamente a los usuarios de las terminales antes de ejecutarlo.

Agradecemos de antemano tus atenciones al presente y quedamos a tus órdenes para cualquier comentario o duda al respecto.

15 jun 2012

Estimado(a) Cliente,

Con motivo de un mantenimiento por parte del SAT, te informamos que se va a suspender temporalmente el servicio de CANCELACIÓN de CFDI, en el siguiente horario:

Inicia: viernes 15 de junio a las 22:00 horas (10:00 pm)

Termina: sábado 16 de junio a las 22:00 horas (10:00 pm)

El servicio de TIMBRADO DE CFDIS no se verá afectado.

Esperamos que esta información te permita organizar con tiempo tus actividades para que no se vean afectadas.

Agradecemos de antemano tu comprensión y quedamos a tus órdenes para atender cualquier duda al respecto.

CONTPAQ i

16 may 2012

Empresas más competitivas con el uso de la Factura Electrónica

Además de desempeñar el rol de esquema de comprobación fiscal definitivo y oficial en México, la Factura Electrónica se ha convertido en la estrategia de negocio que ha ayudado a incrementar la competitividad de las empresas.

El Director General de CONTPAQ i® ,René Torres Fragoso destacó que el uso de dicha herramienta aumenta la implementación de más y nuevas tecnologías entre las compañías, haciéndoles más fáciles sus procesos y proporcionándoles ahorros sustanciales en sus costos de operación.

Incluso consideró que hoy en día la facturación electrónica es el elemento clave para hacer crecer a las firmas mexicanas.

“La visión que tenemos nosotros sobre la factura electrónica va más allá de cumplir con una disposición ó un decreto, porque sabemos que además se trata de un elemento que ayudará, principalmente al sector MiPyME, a impulsar su automatización con el beneficio primordial de generar información clave para el análisis de su negocio y mejor toma de decisiones.

“Esto es porque además de reducir costos de impresión, almacenamiento y envío, la factura electrónica nos permite tener una visión clara de los procesos de facturación, contabilidad, ventas, flujo de efectivo, compras y elaboración de declaraciones de impuestos.

Sin duda que esto hace más fáciles los procesos de una empresa y proporciona ahorros en sus costos operativos; simplemente, los costos de impresión, almacenamiento y operación durante cinco años por cada factura en papel es de 160 pesos, en tanto de una factura electrónica es de 60 pesos”, explicó.

Asimismo, el directivo resaltó que la correcta administración de este esquema coadyuva a tener procesos más eficientes al aprovechar la información que provee, lo cual a su vez otorga importantes beneficios, como por ejemplo una contabilización automática de pólizas contables y su relacionamiento rápido con la listas de proveedores.

O bien, la generación inmediata de documentos comerciales e integración a éstos de las facturas electrónicas, simplificando por completo el proceso comercial.

“Con la administración de las facturas electrónicas podemos automatizar los procesos de la compañía, y esto nos ayudará a ser más productivos, convirtiendo la obligación de la factura en un total beneficio.

Nosotros como pioneros en la emisión de factura de este tipo desde el 2006 tenemos como objetivo facilitar la transición de la factura en papel a la digital con todo lo que esto implica, es decir, mejora de procesos y mejores prácticas empresariales”, subrayó.

Como referencia, cabe mencionar que CONTPAQ i® se especializa en el desarrollo de software empresarial.

Actualmente cuenta con 400 mil firmas usuarios y una red de distribución integrada por 150 distribuidores master y 500 distribuidores asociados en todo el país.

27 mar 2012

La Factura Electrónica es más que una disposición a cumplir: revisa cómo te ayuda a crecer tu negocio

La Factura Electrónica es más que una disposición a cumplir: revisa cómo te ayuda a crecer tu negocio


Además de ser el esquema de comprobación fiscal definitivo y oficial en México, la Factura Electrónica es la estrategia de negocio que ayudará a incrementar la competitividad y productividad de una empresa mediante la digitalización de sus procesos utilizando un software empresarial, como el de CONTPAQ i®.

La visión de CONTPAQ i®, empresa especializada en el desarrollo de software empresarial y Líder en Factura Electrónica, sobre la Factura Electrónica va más allá de cumplir con una disposición oficial. Se trata del elemento clave que ayudará a las empresas, principalmente del sector MiPyME, a impulsar su automatización con el beneficio principal de generar información para el análisis de su negocio y mejor toma de decisiones.

Además de reducir costos de impresión, almacenamiento y envío, la Factura Electrónica permite tener una visión clara de los procesos de facturación, contabilidad, ventas, flujo de efectivo, compras y elaboración de declaraciones de impuestos, entre otros.

La Factura Electrónica hace más fáciles los procesos de una empresa y proporciona ahorros sustanciales en los costos de operación: simplemente, los costos de impresión, almacenamiento y operación durante cinco años por cada  factura en papel es de $160, en tanto de una factura electrónica es de $60.

La administración de la Factura Electrónica ayuda a tener procesos más eficientes al aprovechar la información que provee; beneficios como:

  1. Una contabilización automática de pólizas contables y su relacionamiento rápido con la listas de proveedores, y así elaborar y presentar de manera automática las declaraciones de impuestos.
  2. Generación inmediata de documentos comerciales e integración a éstos de las facturas electrónicas, simplificando por completo el proceso comercial.
  3. Generación de egresos y control de autorizaciones.
Desde la visión de CONTPAQ i®, la administración de las facturas electrónicas ayauda a digitalizar los procesos de las empresas, y esto nos ayudará a ser más productivos, convirtiendo la obligación de la Factura Electrónica en un beneficio.

Por tal motivo, las versiones 2012 del software empresarial de CONTPAQ i® con Facturación Electrónica, además de ayudar con la emisión, recepción, validación y timbrado de facturas electrónicas, también facilitan la contabilidad y administración comercial de una empresa; asimismo, integran las modificaciones fiscales vigentes durante este 2012 y beneficios que facilitan aún más el trabajo:

  • Cancelación de CFDI, sin necesidad de entrar a la página web del SAT
  • Vista previa de las facturas electrónicas antes de imprimir
  • Personalización del correo electrónico
  • Fácil identificación de facturas electrónicas de los clientes mediante su RFC
  • Manejo de pagos en parcialidades
 Revisa si la marca de software que utilizas para facturar electrónicamente incluye estos beneficios.