21 jun 2012

Se acerca fecha para adoptar nuevas versiones de Factura Electrónica

Este próximo 1 de julio de 2012 termina la prórroga que otorgó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para sumarse a la emisión de las nuevas versiones de Factura Electrónica. A saber: para quienes emiten CFD deberán hacerlo en la versión 2.2; y para quienes emiten CFDI deben utilizar la versión 3.2.

Actualmente, existen dos esquemas de facturación electrónica admitidos y promovidos por el SAT:

1. CFD, esquema que tuvo como fecha límite de adopción el 31 de diciembre de 2010

2. CFDI, cuyo uso arrancó a partir del 1 de enero de 2011 y cuyo esquema es obligatorio para quienes facturan ingresos iguales o arriba de 4 millones de pesos al año y para quienes adopten la facturación electrónica.

No olvidemos que el CFDI implica un timbrado fiscal a través de los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC), empresas avaladas a través de una autorización del SAT.

Sea el esquema en que se encuentren los contribuyentes, a partir de las 12 de la noche del día elegido como fin de la prórroga será obligatorio utilizar las versiones de los comprobantes fiscales digitales.

Una de las recomendanciones para atender las actualizaciones del régimen fiscal, no sólo en materia de Factura Electrónica sino también que integre funcionalidades para los procesos contables, de flujo de efectivo, comerciales y administrativos, es utilizar un software empresarial.

Un aspecto a revisar en el software empresarial que se evalúa adquirir es que ayude a la emisión de las facturas electrónicas en sus nuevas versiones. De igual manera, que permita su validación pues durante este año, como contribuyentes, también recibiremos facturas electrónicas en dichas versiones.

Marcas de software como CONTPAQ i, por ejemplo, ya cuentan con la actualización de su software empresarial para emitir y validar los comprobantes fiscales digitales con las versiones vigentes que marca la autoridad.

Entre las ventajas que obtiene los empresarios y los contadores están:

1. La atención oportuna de una disposición que será norma obligatoria a partir del 1 de julio de este año

2. Cumplimiento de una disposición oficial

3. Simplificación de sus procesos de facturación

4. Si el software ayuda a validar, la certidumbre de que se están recibiendo facturas electrónicas que cumplen con los requisitos de la autoridad

5. Contabilización inmediata de las facturas emitidas

Ante la cercanía de la fecha de transición, es importante que quienes tienen o administran una pequeña o mediana empresa (PyME) tengan en cuenta que el uso de comprobantes fiscales digitales no se limita a la emisión de facturas, pues el SAT permite el uso de cargos, créditos, devoluciones, anticipos, cobros y otros movimientos.

Con esto, una MiPyME puede tener manejo casi 100% digital de sus transacciones.

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