5 jun 2013

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que a partir del 1 de enero del 2014 los contribuyentes que tengan ingresos por más de 250,000 pesos anuales (físicas y morales) deberán cambiar al uso del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), luego de que la dependencia informara sobre la anulación del Comprobante Fiscal Digital (CFD).

Asimismo, advirtió que los contribuyentes con ingresos iguales omenores a 250,000 pesos son los que podrán hacer uso del comprobante fiscal impreso con Código de Barras Bidimensional (CBB).

A través de sus artículos décimo tercero y décimo cuarto en la Miselánea Fiscal 2013, el SAT indicó que los contribuyentes tendrán hasta el 31 de diciembre del 2013 para seguir haciendo uso del CDF.

“Este cambio implica que la totalidad de los contribuyentes que emitan un comprobante fiscal, necesitaran un equipo de cómputo y acceso a Internet, esto implicará costos más altos en los ajustes informáticos que realice cualquier compañía”, dijo Eduardo Pérez, director comercial de CONTPAQ i.

El especialista comentó que para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), el hecho de que necesiten adecuar nuevos sistemas informáticos y además adaptarse a estos nuevos mecanismo, les implica gastos que no tenían previstos; sin embargo, dijo que traerá cosas positivas ya que les facilitará la interacción con los clientes y proveedores, ya que estas facturas se realizan de una manera mucho más rápida.

De acuerdo al SAT, hasta el 30 de abril de este año, 226,609 contribuyentes hacían uso del CFD, de los cuales 82,254 son personas físicas y 140,355 son morales.

Por otro lado, 2 millones 529,108 contribuyentes, a esa misma fecha, hacen uso del comprobante fiscal impreso con Código de Barras Bidimensional, 2 millones 220,327 son personas físicas y 308,327 son morales.

La dependencia dijo que los contribuyentes que al 1 de enero de 2014, tengan comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad, podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, siempre que sus ingresos para efectos del ISR en el ejercicio inmediato anterior, no hayan excedido de la cantidad de 250,000 pesos.


Fuente: eleconomista

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