CAMBIO DE POLÍTICA DE SERVICIO AL CLIENTE

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CONTABILIDAD ELECTRÓNICA

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16 feb 2012

7 aspectos a considerar para la declaración de impuestos con DyP

A partir de febrero de 2012, todas las personas morales deberán presentar sus declaraciones de impuestos con el nuevo pago referenciado o DyP, como se le conoce en el ámbito contable y de impuestos.

Anteriormente, este requisito sólo era para las empresas que dictaminaban, pero ahora, por disposición oficial es para todas las personas morales. Si antes se declaraba con pocos datos, ahora es necesario llenar varias cédulas especiales, lo que significa mayor carga de trabajo.

El DyP se refiere al impuesto que nos trasladan en un acto o actividad sin importar si es acreditable o no, por lo cual serecomienda no confundir con IVA acreditable aunque será común que el importe sea el mismo.


CONTPAQ i comparte contigo 7 aspectos que debes considerar para reunir la información que necesitas para presentar una declaración de impuestos mediante el DyP.

1. ¿Quiénes están obligados y a partir de cuándo?

2009    Mayo: Grandes empresas, con más de 500 millones de pesos de ingresos
            Noviembre: Organismos Federales (Congreso, Pemex, CFE, ISSSTE, etc.)

2011    Enero: Contribuyentes del IEPS
            Mayo: Personas Físicas y Morales con ingresos mayores a 34.8 millones de pesos (ISR, IVA, IEPS, IETU)

2012 Febrero: TODAS las personas morales, sin importar el nivel de ingresos


2. Principales Declaraciones y Pagos

Formato              Obligación a cumplir
  R1                    ISR Personas Morales
  R12                  ISR Retenciones por Salario
  R21                  Impuesto al Valor Agregado (IVA)
  R54                  Impuesto Empresarial de Tasa Única (IETU)

3. Información Solicitada por DyP:  (R12, R21 y R54)
•Retenciones
•IVA
•IETU

4. Información solicitada por DyP: ISR Retenciones por Salarios
Del mes a declarar se solicita lo siguiente:
 a) Monto de la retención por concepto de salarios
 b) Monto del subsidio al empleo entregado

**NOTA: Beneficio de CONTPAQ i®; el reporte R12 Auxiliar de Retenciones por Salarios de CONTPAQ i® NÓMINAS te permite, además de obtener esta información, cuadrar tu información contable y de nóminas antes de presentar tu declaración.

5. Información solicitada por DyP IVA (Impuesto al Valor Agregado)
En el caso de actos o actividades pagadas, identificar:
Tasa de IVA del pago
Si son de compras nacionales o importadas
Si son inversiones o compras y gastos
IVA trasladado, IVA acreditable, IVA no acreditable
En el caso de actos o actividades cobradas, identificar:
Si son de exportación o nacionales
Tasa de IVA

6. Información solicitada por DyP IETU (Impuesto Empresarial a Tasa Única)
En este caso se vuelve a solicitar la información de los conceptos de IETU que anteriormente se presentaba.
Ingresos Percibidos, Deducción por adquisición de bienes, Honorarios, Arrendamiento, compras de activo fijo, etc.

7. Información solicitada por DyP Flujo de efectivo
Como nos podemos dar cuenta, en el caso del IETU y el IVA la información solicitada no se encuentra necesariamente en cuentas contables.
Lo anterior debido a que es información basada en el flujo de efectivo, lo cual complica la emisión de reportes contables para la información fiscal que se necesita.

¿Por qué es necesaria la actualización a la versión 3.2 de CFDI?

Si bien es cierto que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó un validador para CFD y CFDI en su página web, hasta el 25 de enero de este año solamente estaba habilitado para validar las versiones 2.0 y 3.0 para este tipo de comprobantes, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo 20.

El SAT aún no ha pronunciado una fecha para actualizar dicho validador. No obstante, desde el primer día hábil de 2012 ya es posible timbrar y emitir comprobantes fiscales digitales con las versiones 2.2 y 3.2.

Debido a que muchos contribuyentes utilizan esta herramienta del SAT como referente para definir si un comprobante es válido o no, la recomendación es consultar con los clientes la versión que desean emitir de sus facturas, y de este modo evitar contratiempos.

Para aquellos contribuyentes que emiten facturas electrónicas a través de un software empresarial, es importante verificar que su versión también esté actualizada con el objetivo de incluir las últimas características que ayudan a emitir y verificar la validez de los comprobantes fiscales en sus diferetes versiones.

Por ejemplo, el software con Facturación Electrónica de CONTPAQ i (AdminPAQ, CONTPAQ i FACTURA ELECTRÓNICA, CONTPAQ i PUNTO DE VENTA), no es necesario que se realiza ninguna actualización; únicamente se debe modificar la versión del Anexo 20 del SAT en los conceptos de facturación y de este modo tener la emisión de las facturas electrónicas de acuerdo con lo dispuesto por las autoridades.

Reafirmando nuestro liderazgo en facturación electrónica te informamos que hemos obtenido la autorización por parte del SAT para timbrar Comprobantes Fiscales Digitales por Internet en versión 3.2, con lo cual, desde el día de hoy, podrás emitir tus comprobantes en todas las  versiones (2.0 y 2.2 para CFD, 3.0 y 3.2 para CFDI)  hasta el 30 de junio del presente año, que es cuando termina el período de transición definido por el SAT. 

A partir de esa fecha los esquemas definitivos serán las versiones  2.2 y 3.2, sin embargo, te recomendamos que tomes en cuenta la siguiente consideración.

3 feb 2012

CONTPAQ i obtiene autorización del SAT para emitir versión 3.2 de comprobantes fiscales digitales

CONTPAQ i reafirma su liderazgo en Factura Electrónica al obtener la autorización por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para timbrar Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) en su versión 3.2.
Así, desde el 30 de enero y hasta el 30 de junio de 2012, con nuestro software que incluye Facturación Electrónica podrás emitir tus comprobantes en todas las versiones: 2.0 y 2.2 para CFD, y 3.0 y 3.2 para CFDI.

Recuerda que este periodo únicamente considera la prórroga otorgada por el SAT para que los contribuyentes que ya emiten Factura Electrónica hagan el cambio a la nueva versión de comprobantes fiscales digitales. A partir del 1 de julio de este año los esquemas definitivos serán las versiones  2.2 y 3.2, para CFD y CFDI, respectivamente.

Sin embargo, te recomendamos que tomes en cuenta lo siguiente:

1. Si bien es cierto que el SAT publicó un validador para CFD y CFDI en su página de Internet, hasta el 30 de enero de este año solamente valida las versiones 2.0 y 3.0 del Anexo 20.

2. Aunque desde el primer día hábil de 2012 ya es posible timbrar o emitir comprobantes fiscales con versiones 2.2 o 3.2 todavía no existe un mecanismo para validarlas con el SAT.

3. Cabe señalar que dicha autoridad aún no ha pronunciado una fecha para actualizar el mencionado validador.

4. Dado que muchos contribuyentes utilizan esta herramienta del SAT como referentepara definir si un comprobante es válido o no, nuestra recomendación es que consultes con tus clientes cuál versión desean que les emitas su factura, de manera que puedas evitarles contratiempos.

Recuerda que con las versiones 2012 de nuestros sistemas ADMINPAQ®, CONTPAQ i® FACTURA ELECTRÓNICA y CONTPAQ i® PUNTO DE VENTAno es necesario que realices ninguna actualización, simplemente debes modificar la “versión Anexo 20 del SAT” en tu concepto de facturación dentro del sistema.

CONTPAQ i NÓMINAS tiene nuevas características

CONTPAQ i NÓMINAS, versión 4.0.2, incluye novedades para simplificar aún más el trabajo del área de nóminas de una empresa.
Las novedades de esta versión son las siguientes:

*Reporte R12 Auxiliar ISR Retenciones por salarios
Este reporte te facilitará el análisis de los importes retenidos a los empleados y del subsidio otorgado a éstos, como un auxiliar en el servicio de declaraciones y pagos para su presentación ante el SAT.

* Barra de últimas noticias
Ahora podrás conocer las últimas noticias relacionadas con nuestro software sin salir de la aplicación, ya que cuenta con un panel de información relevante.

Actualiza tu software. Recuerda que al hacerlo es OBLIGATORIO cerrar el sistema, sobre todo si cuenta con una versión en Red. Programa el proceso de actualización y avisa oportunamente a los usuarios de las terminales antes de ejecutarlo.




30 ene 2012

7 aspectos a considerar para la declaración de impuestos con DyP

A partir de febrero de 2012, todas las personas morales deberán presentar sus declaraciones de impuestos con el nuevo pago referenciado o DyP, como se le conoce en el ámbito contable y de impuestos.

Anteriormente, este requisito sólo era para las empresas que dictaminaban, pero ahora, por disposición oficial es para todas las personas morales. Si antes se declaraba con pocos datos, ahora es necesario llenar varias cédulas especiales, lo que significa mayor carga de trabajo.

El DyP se refiere al impuesto que nos trasladan en un acto o actividad sin importar si es acreditable o no, por lo cual serecomienda no confundir con IVA acreditable aunque será común que el importe sea el mismo.



CONTPAQ i comparte contigo 7 aspectos que debes considerar para reunir la información que necesitas para presentar una declaración de impuestos mediante el DyP.

1. ¿Quiénes están obligados y a partir de cuándo?

2009    Mayo: Grandes empresas, con más de 500 millones de pesos de ingresos
            Noviembre: Organismos Federales (Congreso, Pemex, CFE, ISSSTE, etc.)

2011    Enero: Contribuyentes del IEPS
            Mayo: Personas Físicas y Morales con ingresos mayores a 34.8 millones de pesos (ISR, IVA, IEPS, IETU)

2012 Febrero: TODAS las personas morales, sin importar el nivel de ingresos


2. Principales Declaraciones y Pagos

Formato              Obligación a cumplir
  R1                    ISR Personas Morales
  R12                  ISR Retenciones por Salario
  R21                  Impuesto al Valor Agregado (IVA)
  R54                  Impuesto Empresarial de Tasa Única (IETU)

3. Información Solicitada por DyP:  (R12, R21 y R54)
•Retenciones
•IVA
•IETU

4. Información solicitada por DyP: ISR Retenciones por Salarios
Del mes a declarar se solicita lo siguiente:
 a) Monto de la retención por concepto de salarios
 b) Monto del subsidio al empleo entregado

**NOTA: Beneficio de CONTPAQ i®; el reporte R12 Auxiliar de Retenciones por Salarios de CONTPAQ i® NÓMINAS te permite, además de obtener esta información, cuadrar tu información contable y de nóminas antes de presentar tu declaración.

5. Información solicitada por DyP IVA (Impuesto al Valor Agregado)
En el caso de actos o actividades pagadas, identificar:
Tasa de IVA del pago
Si son de compras nacionales o importadas
Si son inversiones o compras y gastos
IVA trasladado, IVA acreditable, IVA no acreditable
En el caso de actos o actividades cobradas, identificar:
Si son de exportación o nacionales
Tasa de IVA

6. Información solicitada por DyP IETU (Impuesto Empresarial a Tasa Única)
En este caso se vuelve a solicitar la información de los conceptos de IETU que anteriormente se presentaba.
Ingresos Percibidos, Deducción por adquisición de bienes, Honorarios, Arrendamiento, compras de activo fijo, etc.

7. Información solicitada por DyP Flujo de efectivo
Como nos podemos dar cuenta, en el caso del IETU y el IVA la información solicitada no se encuentra necesariamente en cuentas contables.
Lo anterior debido a que es información basada en el flujo de efectivo, lo cual complica la emisión de reportes contables para la información fiscal que se necesita.

**NOTA: Beneficio de Con CONTPAQ i® CONTABILIDAD, puedes clasificar esta información fiscal sin cambiar tu catálogo de cuentas.

24 ene 2012

CONTPAQ i celebra un año de ser PAC

El 24 de enero de 2011, CONTPAQ i® recibió la autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para brindar los servicios como Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) de comprobantes fiscales digitales.

A un año de recibir esta autorización, con número 54554, CONTPAQ i® ha cumplido con el objetivo de ayudar a los contribuyentes en la emisión y timbrado de facturas electrónicas; además de ser la única empresa de software empresarial en contar con dicha autorización.

A la fecha hemos timbrado y enviado al SAT 14 millones 633 mil 863 Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI); rebasando la meta inicial desde la entrega de la autorización de sumar 14 millones de CFDIs.

Hoy, nos da gusto informar,  que uno de cada 10 contribuyentes timbra sus CFDI con nuestro servicio de PAC, ya sea mediante nuestro software empresarial o a través de Internet.

Hoy más de 32 mil 500 empresas, sobre del sector MiPyME, cuentan con uno de nuestros sistemas para facturar electrónicamente: AdminPAQ®, CONTPAQ i® FACTURA ELECTRÓNICA o CONTPAQ i® PUNTO DE VENTA.

Por tal motivo, el SAT nos reconoce como uno de los PAC más importantes de México debido al volumen de CFDIs timbrados y entregados, así como por los estándares de calidad y eficiencia que brindamos a través de nuestro servicio:

1.      Nuestro centro de datos cuenta con servidores ubicados en diferentes puntos del país. Uno de ellos tiene la capacidad de emitir y timbrar 1400 facturas por segundo y otro con capacidad para 700 facturas
2.      Trabajamos con los estándares de seguridad del ISO 27000-1, certificación que dicta estándares y prácticas de seguridad y gestión que aseguran la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información.

Nuestra meta para la primera mitad de 2012, es obtener la certificación ISO 27000-1 y para el 2013 timbrar y entregar cerca de 40 millones de CFDIs adicionales.
Con 27 años de experiencia en el desarrollo de software empresarial, CONTPAQ i® ha destacado por ser una firma mexicana orientada a mejorar la productividad de las empresas y al ser nombrado PAC su oferta de Factura Electrónica se convierte en la Solución Integral más completa en el mercado que permitirá a los contribuyentes ahorrar tiempo y dinero en la migración de la factura en papel a la digital:

  • Emisión y timbrado por medios propios: 01 800 317 0101.
  • Servicio básico gratuito de emisión y timbrado de CFDI: visitando cfdi.com.mx
  • Servicio de timbrado para fabricantes de ERPs e ISVs: 01 800 111 0056.

Recordemos que en enero de 2011, entro en vigor la obligación para los contribuyentes que se sumen a la Factura Electrónica de que cada CFDI debe ser foliado por la autoridad fiscal a través de los servicios de un PAC.

18 ene 2012

Nuevo reporte en CONTPAQ i NÓMINAS para procesar la información rápido y fácil para las declaraciones con DyP

Con motivo de la obligatoriedad a todas las personas morales de presentar en febrero sus declaraciones con el servicio de DyP (Pago Referenciando), en el tema de nóminas las empresas deben procesar los datos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que le han hecho a los trabajadores, así como el el subsidio al empleo que se les ha otorgado; y de este modo tener su declaración de impuestos de manera de completa.

Para facilitar este trabajo, CONTPAQ i NÓMINAS suma un nuevo reporte llamado "R12 Auxiliar ISR Retenciones por Salarios", el cual ayuda a llenar la información de las retenciones de ISR que se le han hecho a los trabajadores.

Esta nueva aplicación se incluye en la versión 2012 de CONTPAQ i NÓMINAS y el beneficio que aporta es la facilidad que brinda al llenar las declaraciones con el servicio DyP (Pago referenciado), y de este modo estar al día con las obligaciones obrero-patronales.

Revisa si estás actualizado a la última versión de CONTPAQ i NÓMINAS y disfrutar de sus beneficios.

Recuerda que si activaste tu software a partir del 1 de julio cuentas con una actualización sin costo. Para saber si es así, envía un correo a claves@contpaqi.com con el nombre de la empresa y contacto a la cual está registrado el software, número de serie y correo electrónico.

Para saber más acerca de nuestro software visita www.contpaqi.com.